Inversiones: Amortización acelerada de los toros con valor genético
En la actualidad, la compra de un toro es considerada para el balance fiscal una inversión que se amortiza en 5 años. Por lo tanto, se puede deducir un quinto del valor de la factura de compra por año. Este hecho es un desaliento para la compra de toros genéticamente superiores y un porcentaje importante de los criadores optan por dejar terneros propios como padres.
Se calcula que solo el 40% de los servicios se cubren con genética superior mientras que el 60% de los servicios se realizan con toros de propia producción.
La propuesta de amortización acelerada se basa en el incentivo a que los criadores inviertan en genética y que esa compra pueda computarse en su totalidad en el año fiscal en que se lleve a cabo, sin perjuicio alguno para el fisco, pues cada año el criador repone el 20% de sus toros.
La propuesta de amortización acelerada significa:
- La deducción del costo de inversión en el ejercicio en que se lleva a cabo la compra.
- Un incentivo para que los incorporen reproductores genéticamente superiores, logrando:
o Mayor porcentaje de ternero logrado (por fertilidad)
o Mayor kilaje por ternero destetado.
o Mayor velocidad de crecimiento
o Mejor confirmación y rinde del animal. - Un mejoramiento de los planteles ganaderos con la consiguiente:
o Mayor productividad de carnes en los próximos ciclos económicos.
o Mejora del valor total de la hacienda faenada tanto para el mercado interno como para la exportación con el consiguiente incremento de los ingresos para el sector ganadero y el Fisco.
o Incremento de los niveles actuales de oferta y demanda de hacienda reproductora registrada. - Toros con valor genético.
La amortización acelerada se aplicaría a los Toros de Pedigree o los marcados por los Programas de Mejoramiento Genético de las Asociaciones de Criadores, detalle que se consignará en la factura de compra del toro.