Corralito Ganadero: Ahora les llaman DJEC

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Resolución Conjunta 3/2021
RESFC-2021-3-APN-MAGYP
Con la publicación de la Resolución conjunta en el Boletín oficial el Gobierno oficializó las Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne, DJEC, que será la nueva herramienta que tiene varios objetivos.
Estas DJEC deben ser presentadas ante el Registro Único de Comercialización Agropecuaria (RUCA) por las empresas habilitadas en el registro.
Esta obligación era la sugerida por los industriales exportadores que pregonaban que la informalidad de la cadena debía ser corregida para evitar la competencia desleal, es por ello que previo a esta resolución matrículas de operadores que no poseen planta propia fueron dadas de baja.
La autoridad de aplicación será la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, que deberá articular junto a la Secretaría de Comercio Interior que confrontan lo declarado con el abastecimiento interno, tanto en volumen como calidad de cortes y subproductos demandados por el consumo interno.
Ambas jurisdicciones serán las que establezcan los requisitos de las DJEC y cómo deberán ser presentadas, junto a la documentación respaldatoria y todos los requisitos que sean necesarios para constatar las operaciones presente y futuras que se realizarán.
Como era de esperarse se crea la Comisión Mixta Fiscalizadora, donde además de las mencionadas secretaría se invita a que participe el Ministerio de Economía, AFIP y la Dirección de Aduanas.
Además se crea la Comisión Mixta de Seguimiento, que coordinará el Ministerio de Desarrollo Productivo, y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, cada uno con sus secretarías, invitando también a ser parte a AFIP y Dirección de Aduanas.
Este tipo de resoluciones resultan inviables sino se tiene el acuerdo de parte de la cadena productiva, algunos párrafos de la Resolución son muy similares a los requisitos que exigían operadores de la industria exportadora.
Desde la producción surgieron voces de rechazo hacia estas medidas, en tanto que los representantes de la industria han salido a sostener que los requisitos son cumplibles por todos los que tienen planta y los operadores tradicionales que siempre han estado en el mercado.
Compartimos las publicaciones en el Boletín Oficial y la Resoluciones conjuntas.
Todas las interpretaciones están abiertas, aunque parece que este corralito sólo ha dejado encerrados a los productores que se verán obligados a vender su producción a quienes puedan cumplir con la totalidad de los requisitos que han sido diseñados por parte de la cadena junto al Gobierno.
Siguiendo la tradición del General, no sólo se creó una Comisión sino dos en una sola resolución, el corralito tiene un brete angosto con poca luz.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/243139/20210419
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/243135/20210419
Resol Conjunta MDP - MAGyP N° 3 - 2021
Ing. Andres Costamagna - GyC